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Normativa patinete eléctrico: qué debo saber.

Normativa patinetes eléctricos

Todo lo que necesitas saber acerca de la normativa de patinete eléctrico en España.

Muchos usuarios y usuarias con un patinete eléctrico desconocen que hay una normativa específica para estos dispositivos y que, por tanto, deben conocerla. A continuación, describiremos los puntos más importantes que debemos tener en cuenta a la hora de circular con nuestro patinete eléctrico.

VMP: Vehículo Movilidad Personal

Un patinete eléctrico entra dentro de la categoría VMP (Vehículo Movilidad Personal):

Un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25km/h. Solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado.

Centrándonos en los patinetes eléctricos (ya que esta norma también afecta a los monociclos o «ruedas») podemos sacar varias conclusiones:

  • Un patinete eléctrico puede tener dos o más ruedas. Normalmente los patinetes eléctricos cuentan con dos, aunque hay algunos modelos con más ruedas.
  • Una única plaza: el patinete eléctrico solo puede trasportar a una persona. Es muy importante destacar este punto ya que es bastante usual ver a dos personas en un patinete eléctrico.
  • La propulsión del patinete eléctrico será exclusivamente realizada por motores eléctricos.
  • Velocidad: un VMP tendrá una velocidad mínima de 6km/h y máxima de 25km/h. Si no alcanza los 6km/h, no es considerado un VMP, así como si supera los 25km/h.
  • Asiento o sillín: otro punto importante a destacar. Un patinete eléctrico no cuenta con sistema de autoequilibrado (a diferencia de los monociclos que sí cuentan con ello). Por tanto, no debe llevar un asiento o sillín instalados bajo ningún concepto. De llevarlo, no se considera VMP.

La normativa diferencia entre entre VMP para transporte personal y VMP para transporte de mercancías u otros servicios. En esta entrada de blog nos centraremos en la primera.

Otros datos relevantes que afectan a los VMP para transporte personal

Normativa patinetes eléctricos
  • Potencia nominal por vehículo: máximo 1000W totales. Si el patinete tiene uno o dos motores, no podrán superar los 1000W nominales, pero sí podrá superar dicha cifra en los W pico.
  • Masa en orden de marcha: <50Kg.
  • Longitud máxima: 2.000 mm (2 metros).
  • Altura máxima: 1400 mm (1.4 metros); altura mínima: 700 mm (70 cm).
  • Anchura máxima: 750 mm (75 cm).
  • Control de velocidad máxima: los patinetes eléctricos deben incorporar una pantalla/display que, entre otras funciones, indique en todo momento a la velocidad que circula el usuario.
  • Sistemas de frenado: debe contar con dos frenos independientes pero que se pueden accionar desde el mismo actuador. Por ejemplo, un patinete Xiaomi cuenta con freno trasero y freno motor (freno eléctrico) que se activan desde la misma maneta de freno.
  • Ruedas: el diámetro mínimo de la rueda del patinete debe ser de 8 pulgadas. No se podrán utilizar neumáticos lisos o slick. La presión recomendada a la que debe hincharse el neumático estará marcada en el mismo. El material debe permitir adherirse al terreno.
  • Dispositivos de iluminación y reflectantes.
    • Un patinete eléctrico debe contar con una luz delantera blanca y trasera roja.
    • Reflectante o catadióptrico frontal (blanco), en los laterales (blanco o amarillo auto) y trasero (rojo).
    • La luz de freno (luz trasera) estará diferenciada (dos luces independientes) o combinada (la misma luz realiza dos funciones diferentes) con la luz trasera. Si la misma luz trasera actúa como luz de freno y de posición, deberá diferenciarse cuando actúa una u otra.
  • Un VMP deberá estar equipado de un avisador acústico. Es decir, debe contar con un timbre.
  • Sistema anti-manipulación: las medidas anti-manipulación aplican a las modificaciones que los usuarios llevan a cabo a la unidad de control, sistema de transmisión u otras partes del sistema de propulsión, mediante herramientas, equipos u otros elementos.

De estos datos podemos destacar varios puntos relacionados con la normativa de patinete eléctrico que entrará en vigor en 2024:

  • Potencia nominal máxima de 1000W totales.
  • Un patinete eléctrico debe incorporar un display multifunción donde nos indique la velocidad, nivel de batería, estado de las luces, etc.
  • Doble sistema de frenado.
  • Sistema de iluminación: debe contar con luz delantera blanca y luz trasera roja.
    • ¿Qué significa esto? Si tu luz trasera no funciona o el soporte donde va instalada (normalmente, el guardabarros) no está presente, puedes ser objeto de sanción (en resumen, te pueden multar).
  • Tamaño mínimo de 8″ para las ruedas, no pudiendo ser neumáticos lisos o slick. Deben estar fabricadas con un material que permita una correcta adherencia al terreno. Tal vez no veamos más patinetes eléctricos con ruedas macizas que tienen una adherencia mucho menor que los neumáticos convencionales.
  • Sistema anti-manipulación: los patinetes eléctricos certificados por la DGT que sigan las directrices del manual de características técnicas, no podrán modificar sus características mediante ningún sistema. Es decir, no se podrán «hackear» o «trucar».

Un VMP que cumple con la normativa y, por tanto, está certificado por la DGT, incluirá una placa de marcaje o «chapa» como esta:

Normativa patinete eléctrico

Espera, espera ¿normativa de patinete 2024? ¡Si compré el mío antes y no tiene ninguna chapa! ¿Qué hago?

Actualmente ya hay marcas que distribuyen patinetes eléctricos certificados por la DGT, pero muchos usuarios contamos con un patinete eléctrico en buen estado comprado antes de la entrada en vigor de esta normativa. En este caso, la DGT otorga una moratoria hasta enero de 2027 para todos aquellos con patinete eléctrico y monociclos o «ruedas» que no cuentan con dicho certificado.

Las asociaciones de vehículos de movilidad personal han protestado enérgicamente contra esta obsolescencia programada. La Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal (FEVEMP) sigue luchando para que los VMP no certificados puedan circular más allá de 2027.

Para aquellos que estén interesados en certificar su VMP, algunas marcas están valorando la posibilidad de adaptar patinetes eléctricos vendidos antes de la publicación del Manual de Características Técnicas, pero desconocemos si este proceso podrá realizarse a título personal y, de poderse, posiblemente tendrá un coste muy elevado.

En resumen, si tu patinete eléctrico está certificado por la DGT, no tendrás problemas para poder usarlo más allá de 2027. Por contra, si no está certificado, el fabricante no lo certificará o no da la opción de adaptarlo a la normativa, si no cambian las cosas habrá que deshacerse del patinete una vez llegado 2027.

Normas básicas de circulación para patinetes eléctricos

Como anteriormente comentábamos, muchos usuarios y usuarias de patinete eléctrico desconocen que estos vehículos se rigen por una serie de normas básicas de circulación. Vamos a desgranar las más importantes:

  • Un patinete eléctrico solo lo puede usar y transportar una persona. Si lo usa más de una persona, es motivo de sanción. Más adelante describiremos las cuantías.
  • Para poder usarlos, no es necesaria ninguna autorización administrativa, carné ni seguro obligatorio, aunque es muy recomendable contar con un seguro de responsabilidad civil.
  • Velocidad máxima de 25km/h, aunque según qué vías/calles/ciclocalles/carriles bici, la velocidad puede estar limitada.
  • En condiciones de poca visibilidad, deberá tener un sistema de alumbrado (los comentados anteriormente). Son recomendables prendas reflectantes que ayuden a visibilizar la posición del conductor.
  • Prohibido circular por aceras y zonas peatonales.
  • Edad mínima: la DGT no establece una edad mínima para su conducción, pero si tu ayuntamiento tiene una normativa de patinete eléctrico, tal vez sí imponga una edad mínima. Actualmente se está trabajando para establecer una edad mínima común a todo el territorio.

Uso de casco en patinete eléctrico

Mención especial al uso del casco en patinetes eléctricos, así que vamos a hacer un repaso de la evolución en la obligatoriedad del uso del casco a lo largo de estos años:

  • Según la modificación de la Ley de Tráfico, el artículo 47 del BOE-A-2021-21006 expresa lo siguiente:
Normativa patinete eléctrico

Según lo resaltado, el uso de casco solo será obligatorio en aquellas ordenanzas de los ayuntamientos que así lo expresen.

Normativa patinete eléctrico

Es decir, el uso del casco no es obligatorio (recuerda, sí es recomendable) porque todavía no existe ningún reglamento que determine los términos en los que se regulará su obligatoriedad.

Normativa patinete eléctrico

Por tanto, aunque la normativa de movilidad personal de los ayuntamientos regule el uso del casco, el conductor no está obligado a llevarlo, así que no podrá ser sancionado.

La recomendación que haremos siempre desde ruedayvuela.com es el uso de casco mientras conduces tu patinete eléctrico, aunque no sea obligatorio.

¿Por dónde puedo circular con mi patinete eléctrico? ¿Por dónde no?

Anteriormente hemos comentado por dónde no puede circular nunca, bajo ningún concepto, un patinete eléctrico:

  • Prohibido circular por aceras y zonas peatonales.
  • Prohibido circular por carreteras interurbanas, con la excepción de: vías ciclistas como carriles – bici segregados del tráfico motorizado, aceras – bici, pistas – bici y sendas – ciclables, siempre que el titular de la vía no lo haya prohibido expresamente (puede ser un Ayuntamiento, Diputación provincial, etc.

Luego, según la normativa de cada Ayuntamiento, permitirán o no el uso de carriles bici, calles de uno o más carriles del mismo/distinto sentido, ciclocalles, etc. Te recomendamos que consultes la normativa de tu Ayuntamiento, y si no existe, siempre usar el sentido común y respetar las normas de circulación aplicables a otros vehículos como pueden ser los coches o motos.

Multas por circular mal en patinete eléctrico

Si después de todo lo comentado te encuentras en la situación de exponerte a una sanción, desgranamos los comportamientos sancionables y el coste de la multa:

  • Circular por aceras y zonas peatonales: está prohibida la circulación a toda clase de vehículos. Sanción de 200€.
  • Alcohol y drogas: los usuarios de patinete eléctrico se exponen a la misma sanción que si condujeran otro vehículo. 500€ o 1000€ si sobrepasas la tasa de alcohol y 1000€ si hay presencia de drogas en el organismo.
  • Uso de teléfono móvil: prohibido circular usando el teléfono móvil u otro sistema de comunicación. Sanción de 200€.
  • Auriculares: prohibido el uso de auriculares. Sanción de 200€.
  • Uso de casco: a día de hoy, y a falta de una regulación por parte de la DGT, no es sancionable aún estando regulado por la normativa del Ayuntamiento.
  • Sanciones a menores: en caso de que un menor de 18 años realice alguna infracción, serán los padres o tutores los responsables de la infracción cometida por el menor.
  • Circular dos personas en patinete eléctrico: tal y como hemos comentado, es un comportamiento prohibido y sancionado con 100€.
  • Sistema de alumbrado y prendas reflectantes: se considera conducción negligente cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas reflectantes. Sanción de 200€.
  • Asiento en patinete eléctrico: anteriormente hemos comentado que un patinete eléctrico no puede llevar asiento. En caso de llevarlo (aún sin ir sentado) lo convierte en un ciclomotor, por lo tanto necesita matrícula, seguro, ITV y carnet. Sanción de 1600€.
  • Circular a más de 25km/h: si superas los 25km/h (verificado con un dispositivo homologado) no se considera VMP y, por lo tanto, no tendrá autorización administrativa para circular. Sanción de 500€.
  • Circular en sentido contrario: si vas en contradirección del sentido normal de la marcha, te expones a una sanción de 500€.

Esperamos que esta entrada del blog te ayude a entender la normativa para patinete eléctrico, qué se considera un VMP, la nueva reglamentación técnica para 2024, por dónde puedes circular y por dónde no, uso de casco y las multas a las que te puedes exponer si no cumples las normas.

Esta entrada se actualizará si existieran novedades.

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